Código de conducta CCIDD
Directrices deontológicas:
(Grupo de trabajo europeo de Interpol sobre identificación de huellas dactilares GTEIIHD o IEEGFI)"
Queremos expresar nuestro agradecimiento al “Council for the Registration of Forensic Practitioners” (CRFP) de Reino Unido en cuyo Código de Conducta se basan las directrices siguientes. Para elaborar dicho código el CRFP celebró amplias consultas y realizó investigaciones sobre el tema entre numerosos especialistas en ciencia forense.]
- Teniendo en cuenta que el principal deber del forense es para con los tribunales y la administración de justicia, su obligación es presentar las pruebas, por escrito o verbalmente, de una manera equitativa e imparcial.
-Actúen con honradez, integridad, objetividad e imparcialidad: no tienen que discriminar por razones de raza, creencias, sexo, idioma, orientación sexual, situación social, edad, estilo de vida o creencias políticas.
- Cumplan el código de conducta de cualquier órgano profesional del que sean miembros.
- Proporcionen asesoramiento pericial y pruebas únicamente dentro de los límites de su competencia profesional y sólo cuando sea adecuado hacerlo.
- Adopten las medidas adecuadas cuando tengan razones para creer que determinada situación puede dar origen a la comisión de una injusticia.
En todos los aspectos del trabajo como proveedor de asesoramiento pericial y de
suministro de pruebas, un forense debe:
- Tomar todas las medidas razonables para mantener y promover su competencia profesional, teniendo en cuenta las investigaciones y las innovaciones dentro de su ámbito de competencia y aplicando las técnicas de garantía de calidad.
- Declarar a quien lo emplea cualquier participación anterior o interés personal que dé o pueda dar origen a un conflicto de intereses, real o imaginario; y actuar en ese caso únicamente con su consentimiento escrito explícito.
- Tomar todas las medidas razonables para obtener todas las pruebas materiales disponibles y pertinentes, y determinar, en la medida de lo posible, si alguna ha podido ser objeto de alteración antes de entrar en su posesión; velar asimismo por mantener su integridad y seguridad mientras están en su posesión.
- Aceptar la responsabilidad de todos los trabajos realizados bajo su supervisión, directa o indirecta.
- Realizar todos los trabajos de conformidad con los principios establecidos de su profesión, empleando métodos de validez probada y el equipo y los materiales adecuados.
- Registrar de modo claro y preciso los exámenes que lleva a cabo, sus métodos y sus resultados, con los detalles suficientes para que otro forense competente en la misma esfera de trabajo pueda verificar su labor con independencia.
- Indicar claramente, de manera amplia e imparcial:
- Sus atribuciones.
- El material sobre el que ha basado su investigación y sus conclusiones.
- Los resúmenes, resultados y conclusiones de sus trabajos y de los de su equipo.
- Cualquier forma en que se limitaron sus investigaciones o conclusiones, especialmente si se restringió su acceso al material pertinente, o si cree usted que las limitaciones impuestas a su tiempo, o a los recursos humanos, físicos o financieros de que disponía, han puesto en peligro la calidad de su trabajo.
- Reconsiderar y, de ser necesario, modificar sus resultados, conclusiones, opiniones o consejos a la luz de nueva información o de nuevos acontecimientos en el ámbito pertinente; tomar la iniciativa de informar rápidamente a su cliente o a quien lo emplea de cualquier cambio de ese tipo.
- Preservar la confidencialidad, a menos que:
- Haya sido autorizado por quien lo emplea a revelar algo.
- Un tribunal le ordene revelar algo.
- La ley le obligue a revelar algo.
- Su deber principal para con los tribunales y la administración de justicia le exija que haga esa revelación.
- Mantener el secreto profesional: a esto sólo puede renunciar quien lo emplea. Dicho secreto protege las comunicaciones, verbales y escritas, entre los asesores jurídicos profesionales y sus clientes, así como entre los asesores y los testigos periciales que intervienen en relación con la función de asesoría jurídica o teniendo en cuenta los procedimientos judiciales y a fines de los mismos.
MATRÍCULA # 9000502756
Registro Nit. 900473002-9
Personería Jurídica 10264,
Colombia